miércoles, 29 de agosto de 2012


¨       Recibir de su empleador capacitación e información sobre prevención de riesgos laborales.
¨       Comunicar a su empleador cualquier hecho de riesgo relacionado con su puesto de trabajo o establecimiento y denunciarlo ante la SRT, en caso de no ser atendido.
¨       En caso de haber sufrido un accidente de trabajo o enfermedad profesional, recibir hasta su curación completa o mientras subsistan los síntomas incapacitantes, asistencia médica y farmacéutica, prótesis, ortopedia, rehabilitación, recalificación y en caso de fallecimiento, servicio de sepelio.
¨       Recibir las prestaciones dinerarias en caso de incapacidades transitorias o permanentes.
¨       Que se le realicen los exámenes médicos.
¨       Denunciar ante su empleador o aseguradora de riesgos del trabajo (ART), los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que ocurran.


martes, 21 de agosto de 2012

 se ha tenido un accidente de transito cuando acudía al 

trabajo.¿se pude considerar un accidente de trabajo si o no 

y  por que?


si el trabajador se desplazaba en una ruta asignada por la 

empresa si es accidente de trabajo pero si era por sus 




propios medios y su    


responsabilidad no es 

accidente
 en un accidente de trabajo se ha perdido la visión de un 

ojo. como puedo calcular la indemnización que corresponde


al tiempo estimado que la persona pudo trabajar y  la 

capacidad y el tipo de trabajo  que realizaba

esto se da en un porcentaje de un 30 a un 60% que 

equivale a 7 a 14 meses






se ha tenido un accidente de trabajo q ha dejado 

importantes secuelas. ademas de las prestaciones de la 

seguridad social, se puede solicitar otro tipo de 

indemnización.


En caso de incapacidad permanente parcial como 

consecuencia de un accidente de trabajo, el docente tiene 

derecho a una indemnización proporcional al daño sufrido, 

liquidada con base en el salario devengado y no será inferior 

a un mes ni superior a 23 meses del referido salario.


La indemnización se establecerá de acuerdo a la tabla de 

valuación de incapacidades establecidas en el artículo 209 

del Código Sustantivo del Trabajo y aplicando las reglas 

señaladas en el artículo 210 del citado código.




En caso de incapacidad permanente total o de gran 

invalidez el docente tendrá derecho a Pensión de Invalidez.



No habrá derecho al pago de indemnización en caso de que 

el Accidente de Trabajo se haya producido por culpa grave o 

intencional de la víctima, calificada por autoridad 

competente, y cuando se cause a favor del docente la 

Pensión de Invalidez.



















es importante contar con un abogado en caso de haber 

sufrido un accidente de trabajo.



si en caso de que la empresa no quiera responder o la ARP  

no 

se haga cargo intervendrá el abogado
si a un trabajador autónomo o independiente ha tenido un 

accidente de trabajo, se considera accidente de trabajo?


si se le considera accidente de trabajo por que estaba 

ejerciendo una labor 

cuales son los derechos como trabajador incluidos en la ley 

de riesgos.


¨       Recibir de su empleador capacitación e información sobre prevención de riesgos laborales.
¨       Comunicar a su empleador cualquier hecho de riesgo relacionado con su puesto de trabajo o establecimiento y denunciarlo ante la SRT, en caso de no ser atendido.
¨       En caso de haber sufrido un accidente de trabajo o enfermedad profesional, recibir hasta su curación completa o mientras subsistan los síntomas incapacitantes, asistencia médica y farmacéutica, prótesis, ortopedia, rehabilitación, recalificación y en caso de fallecimiento, servicio de sepelio.
¨       Recibir las prestaciones dinerarias en caso de incapacidades transitorias o permanentes.
¨       Que se le realicen los exámenes médicos.
¨       Denunciar ante su empleador o aseguradora de riesgos del trabajo (ART), los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que ocurran.

martes, 14 de agosto de 2012

CONSECUENCIAS


CONSECUENCIAS DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO Y 

ENFERMEDADES PROFESIONALES.

Desde un punto legal los accidentes de trabajo y/o 

enfermedades profesionales pueden desancadenar una de 

las siguientes situaciones: 

Incapacidad temporal. 

Incapacidad temporal parcial: supone una reducción no 

inferior al 33 % de la capacidad para realizar la tarea 

habitual, que no impide al trabajador realizar su trabajo habitual. 

Incapacidad permanente total: en esta situación, la

 persona no puede realizar su tarea habitual, pero sí otra

 diferente, es decir, otro tipo de trabajo.


Invalidez permanente absoluta: impide al trabajador/a 

realizar cualquier trabajo u oficio.


Gran invalidez: situación en que la persona no puede 

realizar cualquier tarea y, además, necesita la ayuda de 

otras personas para efectuar necesidades inmediatas.

COSTE DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO.

Cuando nos referimos a accidente de trabajo y 

enfermedades profesionales debemos considerar tantos los 

costes humanos (daños que sufren las personas) y los 

costes económicos (gastos y diferentes pérdidas que 

ocasionan el accidente o enfermedad) que sufren las partes 

implicadas que son: el trabajador/a, la empresa y la sociedad.

Costes para el accidentado/a o enfermo/a:

Económicos: disminución temporal o definitiva de ingresos, 

gastos adicionales como consecuencia del accidente.

Humanos: sufrimiento físico, pérdida de la capacidad de 

trabajo o profesión, sufrimiento familiar, marginación social 

del incapacitado.

Costes para la empresa.

Humano: pérdida de recursos humanos, problemas para el 

resto de trabajadores por desánimo, problemas para el resto 

del equipo humano (procesos judiciales, condenas, etc.), 

presiones sociales y psicológicas.


Económicas: Primas de seguros, indemnizaciones, salarios, 

costes ocultos como pueden ser tiempo perdido por el 

accidentado y compañeros, primeros auxilios, atención 

médica que no está cubierta en el seguro, etc.

Costes para la sociedad.

Económicos: indemnizaciones, subida de impuestos, etc.

Humanos: muertes, minusvalías, lesiones graves, leves o 

muy graves, baja calidad de vida.


PRINCIPALES CAUSAS DE LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES


 Un informe demostró que el ruido, el mal uso de la voz y las posiciones forzadas o gestos repetitivos son las principales causas de enfermedades laborales de la última década.
La consultora especializada en salud ocupacional y gestión ambiental RiesgoLab Consulting Group señaló que el 72% de las enfermedades profesionales detectadas durante la última década corresponden a dolencias de oído, sistema respiratorio y sistema osteomuscular.
El informe, que fue realizado sobre cien empresas privadas de distintos rubros, reveló que los agentes causantes de las enfermedades profesionales más comunes son el ruido (35%), la sobrecarga del uso de la voz (23%) y por último, las posiciones forzadas y los gestos repetitivos (14%).
Las lesiones más habituales en el ámbito laboral –que se agudizan en quienes aun no pudieron tomarse vacaciones- son: mareos, vértigo y acufenos (provocadas por ruidos o zumbidos en el oído); la fatiga vocal (fonastenia), laringofonía, afonía, disfonía (que en algunos casos se desarrollan en nódulos y pólipos), a causa del uso indebido de la voz y lesiones de los miembros superior e inferior y espalda, como la epicondilitis (codo), síndrome de túnel carpiano (mano-muñeca), trocanteritis (cadera), gonalgia (rodilla), cervicalgia (cervicales), lumbalgia (espalda) y ciatalgia (ciatica), entre otras.
Según se desprende del informe, el 46% de estas enfermedades profesionales se declara durante el primer año de trabajo, pero sólo en un 23% la detección se da en menos de un año.

PRINCIPALES CAUSAS DE ACCIDENTES


TIPOS DE ACCIDENTES



ENFERMEDAD PROFESIONAL


ACCIDENTE


accidente de trabajo todo
suceso repentino que sobrevenga por causa o con
ocasión ocasión del del trabajo, trabajo, yy que que produzca produzca enen el el trabajador trabajador
una lesión orgánica, una perturbación funcional, una
invalidez o la muerte. Es también Accidente de Trabajo
aquel que se produce durante la ejecución de órdenes
del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo
su autoridad, aun fuera del lugar y horas de trabajo.

miércoles, 8 de agosto de 2012

GIF PREVENCION · IMAGENES DIBUJOS ANIMACIONES 71 


ACCIDENTE DE TRABAJO:

Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte.

Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aun fuera del lugar y horas de trabajo. Las legislaciones de cada país podrán definir lo que se considere accidente de trabajo respecto al que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa. Decisión 584 de la CAN (Comunidad Andina de Naciones).